Tuxtla Gutiérrez Chiapas 12 de
Marzo de 2013.-El Consejo Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), radico queja
de oficio con motivo de diversas notas periodísticas y columnas de género de
opinión publicadas el día de hoy, entre ellos en la columna del periodista
Vinicio Portela, quien refiere que "dicha reforma contraviene a la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversos tratados
internacionales en materia de derechos humanos, particularmente a la libertad
de pensamiento y de expresión".
La Reforma de referencia, da
cuenta de la aprobación por mayoría de votos por el Congreso del Estado del
artículo 398 Bis, del Código Penal del Estado, que pretende sancionar "..a
quien realice actos tendentes para obtener información de los cuerpos de
seguridad pública, de persecución o de sanción del delito o de la ejecución de
penas, para obtener información sobre su ubicación, actividades, operativos o
sus labores, en general..."; con la finalidad de determinar sí el
contenido de dicho precepto legal respeta los derechos humanos.
Este organismo defensor de los
derechos humanos, con fundamento en el artículo 55 párrafo cuarto fracción V,
de la Constitución Política del Estado de Chiapas, está facultado para proponer
a las autoridades del Estado en el ámbito de su competencia, la formulación de
modificaciones a las disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de
prácticas administrativas que a juicio del CEDH, redunden en una mejor
protección de los derechos humanos.
Este organismo tiene la
obligación de verificar y en este caso, hacer el análisis jurídico
correspondiente con el fin de determinar, sí dicho precepto legal referido tal
como fue aprobado, es acorde a la Constitución Federal y a los instrumentos
Internacionales a los que se encuentra comprometido respetar el estado
mexicano.
Si del análisis jurídico que
resulté se determina que, ciertamente, la reforma referida violenta alguna
garantía o derecho humano, el CEDH en término de lo dispuesto en la fracción XXXIV
del artículo 22 de su Ley, deberá proponer a quien corresponda la modificación
o derogación del artículo 398 bis del Código Penal del Estado de Chiapas.
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